Hogar, dulce hogar

Un asunto estratosférico



Una noticia a la que se dio gran difusión en los últimos días fue el caso del cuentahabiente que en mayo de 2004 demandó al banco Banamex por el pago de los intereses de un depósito de 400 pesos realizado en el año de 1987. El contrato del depósito tenía una vigencia de 28 días y en el mismo se especificaba su renovación indefinida en las mismas condiciones originalmente pactadas, a menos que existiesen instrucciones en otro sentido. Como resultado de la demanda, en 2006 el Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua dictaminó que el banco tendría que pagar al cliente alrededor de 1400 millones pesos por concepto de intereses. Esta suma estratosférica fue resultado de la tasa anual de interés de 91.3 % pactada entre el banco y el cliente en el contrato original.

La inflación en México en 1987 fue superior al 100 % y una tasa de rendimiento de 91.3 % no fue algo inusual. A partir de 1989, sin embargo, la inflación en nuestro país ha sido considerablemente menor –aún en 1995, año de la última gran crisis económica–, de modo que la renovación continua cada 28 días del contrato de depósito bancario original, ha generado un rendimiento absurdamente alto, que alcanza hoy en día los 250,000 millones de pesos.

La conversión de 400 pesos en 250,000 millones en un lapso de 23 años es un ejemplo de los peligros del crecimiento geométrico o exponencial. Una cantidad que crece exponencialmente se duplica cada cierto intervalo de tiempo. En el caso que nos ocupa, una tasa de interés anual de 91.3 % con contratos a 28 días implica que el capital se duplicó aproximadamente cada diez meses. De este modo, los 400 pesos iniciales se convirtieron a los diez meses en 800 pesos y éstos en 1600 pesos al cabo de diez meses más, y así sucesivamente. En los primeros años los incrementos de capital no constituyeron problema alguno para el banco. Alcanzado un cierto punto, sin embargo, la situación se tornó crítica. Esto es evidente si consideramos que entre 2004 y 2010 los intereses acumulados pasaron de 1400 millones a 250,000 millones, siendo esta última cantidad claramente impagable –dicha cantidad, además, se duplicará en diez meses más y se cuadruplicará en menos de dos años. Así, un depósito de 400 pesos que parecía inofensivo en un inicio, se convirtió en una deuda formidable con el paso del tiempo.

A pesar de que no son pocos los ejemplos de cantidades a nuestro alrededor que crecen exponencialmente –las epidemias en sus primeras etapas, la población del mundo en algunas épocas, las cadenas y esquemas de tipo Ponzi para esquilmar dinero, el poder de las computadoras, el interés compuesto que se carga a las tarjetas de crédito y posiblemente el tráfico de automóviles en algunas ciudades en nuestro país, entre otros ejemplos–, pocas veces nos ponemos a pensar en las consecuencias que nos pueden acarrear. El peligro fundamentalmente estriba en que una cantidad que crece exponencialmente no luce particularmente preocupante en sus etapas iniciales, hasta que repentinamente explota y se vuelve inmanejable.

El crecimiento exponencial tiene consecuencias a primera vista insospechadas. Es sorprendente, por ejemplo, corroborar que un contrato de depósito a 28 días con una tasa anual de 91.3 % produce en el largo plazo intereses radicalmente diferentes a los que produciría un contrato con la misma tasa de interés pero con vencimiento a un año. En este último caso, un depósito bancario de 400 pesos generaría al cabo de 23 años alrededor de 1500 millones de pesos en lugar de los 250,000 millones que se generó con un contrato a 28 días.

El pasado 23 de marzo la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a Banamex en contra de la sentencia del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. La decisión de la Suprema Corte se basó en una interpretación del significado de las palabras “mismas condiciones”, asentadas en el contrato de depósito original para referirse a las condiciones en las que se renovaría el contrato cada 28 días. En referencia a la tasa de interés, por “mismas condiciones” la Suprema Corte entendió la máxima tasa que fijara el Banco de México en su momento.

Fuera de tecnicismos e interpretaciones jurídicas, sin embargo, las consideraciones de fondo subyacentes en las deliberaciones de la Suprema Corte fueron las que se derivan de la imposibilidad para el banco de cubrir una cantidad estratosférica de intereses, que además se duplica cada diez meses. Así, el Ministro Presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia expresó: “Lo hemos dicho muchas veces, los bancos no operan este tipo de negocios con dinero propio, reciben grandes cantidades de dinero de los ahorradores….y este dinero que no es suyo es el que prestan a su vez a terceras personas…En estas condiciones si el banco presta lo que no es suyo, es donde interviene necesariamente el Estado para poner reglas claras que impidan operaciones ruinosas que podrían llevar a la quiebra a un banco que no tuviera cuidado, diligencia en la celebración de sus contratos”.

El descuido en la elaboración y manejo del contrato de depósito que originó el conflicto legal –y que mereció un regaño por parte del ministro Ortiz Mayagoitia – puede atribuirse, al menos parcialmente, al desconocimiento que por lo general tenemos acerca de las consecuencias del crecimiento exponencial. Dado que a nuestro alrededor hay una buena cantidad de cosas que crecen exponencialmente, bien haríamos en tomar conciencia de dichas consecuencias.

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